Ciudad De México, 12 de abril de 2026.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió distintas impugnaciones presentadas contra el Comité Técnico de Evaluación de la Cámara de Diputados, derivadas de la exclusión de personas aspirantes en el proceso de renovación de consejerías del Instituto Nacional Electoral (INE).
El pleno, por mayoría de votos, confirmó la decisión del Comité Técnico de Evaluación al considerar que fue correcta. Las personas impugnaron al argumentar que sí cumplieron con exhibir la documentación exigida y que se vulneró su derecho a participar; sin embargo, las magistraturas determinaron que los aspirantes no atendieron a las directrices establecidas en la convocatoria sobre cómo cargar la documentación.
En algunos asuntos, se precisó que no se desahogaron las prevenciones realizadas para subsanar errores, lo cual solo era posible en la primera etapa de registro. Respecto a la validez de los documentos, la magistrada Claudia Valle Aguilasocho propuso darle la razón al Comité Técnico de Evaluación por excluir a una persona que presentó documentación certificada por una institución académica y no por una autoridad notarial.
Se explicó que la autoridad notarial cuenta con la fe pública delegada por el Estado para otorgar certeza jurídica sobre la autenticidad de la documentación. En este sentido, la autoridad jurisdiccional en materia electoral señaló que el Comité “cumplió con su deber y da certeza sobre los aspirantes que continúan en las su”.
Asimismo, el pleno decidió que las impugnaciones presentadas en contra de la autoadscripción a grupos vulnerables de distintos aspirantes eran improcedentes. Se argumentó que quien promovió dichas impugnaciones no sufrió alguna afectación a un derecho propio al no considerarse aspirante ni resultar afectado en el proceso de selección.