abril 22, 2026
carlos torres

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Ciudad De México, 22 de abril de 2026.- El Juzgado Segundo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México dictó sentencias condenatorias en contra del diario unomasuno por haber negado el derecho de réplica promovido por Carlos Alberto Torres Torres.

El juez Hugo Roberto Pérez Lugo condenó al diario unomasuno a publicar íntegramente el reclamo de Carlos Alberto Torres Torres. El juzgador determinó que el actor cumplió con los requisitos legales para ejercer su derecho de réplica y que el medio de comunicación incumplió con su obligación de rectificar la información publicada.

El fallo, emitido el 16 de abril de 2026, desmiente las acusaciones publicadas el pasado 18 de octubre de 2025, donde se le vinculaba falsamente con actos de corrupción y órdenes de aprehensión en Estados Unidos por delitos graves. El periódico deberá publicar la rectificación con el mismo despliegue en su edición impresa y plataformas digitales.

Uno de los procedimientos está relacionado con una nota publicada el 18 de octubre de 2025 intitulada ‘Carlos Torres, esposo de la gobernadora de BC, cuenta con orden de aprehensión en EE. UU.’. El otro juicio civil fue promovido por una nota difundida el 10 de noviembre de 2025 bajo el titular ‘Investigaciones a esposo y cuñado de Marina del Pilar Ávila incluyen huachicoleo y lavado de dinero’.

El juez condenó a unomasuno al pago de sendas multas consistentes en 500 Unidades de Medida y Actualización, equivalente a casi 59 mil pesos. La empresa editorial deberá absorber todos los gastos derivados del proceso legal.

El juzgador resolvió que el medio de comunicación publicó información no verificada, carente de certeza y hechos comprobados. La resolución demuestra que Carlos Alberto Torres no enfrenta juicio alguno por los delitos que se le atribuyeron a través del medio de comunicación, por lo que el juez determinó que existe el delito de difamación.

Ambas sentencias fueron firmadas el 16 de abril de 2026, por el juez Pérez Lugo y la secretaria Ximena Betzabe López Dávila.

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