marzo 28, 2026
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Ciudad De México, 28 de marzo de 2026.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó la suspensión definitiva que permitía a la empresa Xcaret continuar utilizando elementos del patrimonio cultural maya en su publicidad turística. Por una votación de siete a dos, los ministros determinaron que la protección de este patrimonio es de interés público y social, por lo que tiene mayor peso que el interés comercial de una empresa privada, ordenando el retiro de dicha simbología de sus sitios web y materiales promocionales mientras se resuelve el litigio de fondo.

El proyecto aprobado fue impulsado por la ministra María Estela Ríos González, quien durante el debate señaló que, si bien es positivo que las empresas inviertan en México, ello no las faculta para disponer indebidamente del patrimonio cultural de los pueblos indígenas ni del patrimonio de la nación. La resolución atiende la disputa entre integrantes de la comunidad maya representados por el Instituto Nacional del Derecho de Autor (Indautor) y la compañía turística, estableciendo una medida cautelar que impide el uso de los símbolos característicos de la marca hasta que haya una sentencia definitiva.

El conflicto legal surgió después de que el Indautor ordenara medidas cautelares para retirar contenidos publicitarios que utilizaban elementos del patrimonio cultural maya, atendiendo una denuncia presentada por cuatro personas que se identificaron como integrantes de dicha comunidad. Xcaret impugnó una multa argumentando contar con autorización del Gran Consejo Maya, logrando inicialmente que un juzgado de distrito le concediera una suspensión definitiva para continuar con el uso de los elementos en disputa.

En su posición disidente, la ministra Yasmín Esquivel votó en contra del proyecto al considerar que la decisión desconoce la voluntad del Gran Consejo Maya, entidad reconocida en leyes de protección indígena desde 1998. Esquivel destacó que existe un escrito con 209 firmas de comisariados ejidales, alcaldes, delegados, subdelegados y jueces tradicionales que apoyan el acuerdo comercial firmado con la empresa, el cual incluye una contraprestación económica y beneficia a la comunidad.

La controversia central radica en quién representa legítimamente al pueblo maya en este asunto. Mientras la mayoría del tribunal consideró que la protección del patrimonio ancestral prevalece independientemente de cualquier autorización específica, la postura minoritaria argumentó que se debe respetar el convenio establecido entre la empresa y el Gran Consejo Maya. Con esta determinación, Xcaret deberá adecuar sus campañas publicitarias eliminando los elementos mayas en tanto la Corte emite un fallo sobre el fondo del asunto.

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